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Año: 1973, Fallos: 287:382 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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REsuMEN DE ALCUNAS DE LAS CONCLUSIONES DE ESTA MEMORIA
QUE PUEDEN CONVERTIRSE El DISPOSICIONES PRÓXIMAS CONCRETAS O

QUE HACEN A LA INSIITUCIÓN DE LA VISITA DISPUESTA

FOR LA ConrE SUPREMA
19) La Acordada N° 78 de la Corte disponiendo la visita de los Tribunales Federales por parte de los Ministros, ha llenado un vacio Institucional.

29) Los Tribunales Federales se han sentido integrados en una Argentina real.

37) Permite observar que la visita ha creado una mayor cohesión Jristitucional en el cuerpo del Poder Judicial y un conocimiento del medio social donde actúan los jueces y tribunales en el vasto y variado terri torio de la República.

4") También es indudable que la función de gobierno que la Corte Suprema tiene, se ha hecho efectiva con estas vísitas al establecer un contacto personal y humano desde el magistrado hasta el personal de servicio de cada Tribunal, 5) Vistas las respuestas y conclusiones a la temática de cada visita, se observa cómo los jueces son intérpretes de su medio. También que les une en un cuerpo la aplicación de una misma legislación, dándose como una resultante análoga a la de las Provincias unidas en el espíritu y cuerpo de la Nación que las comprende.

6") También en el orden concreto ha sido de gran efecto en cuanto a las necesidades y realiz:ciones de los tribunales federales que han establecido formas de comunicación y apreciación que sustituyen las tramitaciones burocráticas lentas y que a veces Megan tardíamente con sus resultados.

Del diálogo de los señores Magistrados resulta que puede proveerse en orden a la legislación, a las siguientes materias:

a) Sanción de una nueva ley que derogue la 19.984 y restablecimiento del sistema de la lista de conjueces a formarse por cada uno de los tribunales federales.

b) Reforma de las leyes que han establecido la jurisdicción de los tribunales federales de Córdoba, Bell Ville y Río Cuarto.

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Año: 1973, CSJN Fallos: 287:382 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-287/pagina-382

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