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Año: 1976, Fallos: 295:610 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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del demandado, José Smoler, y notificó a éste en un domicilio comstituido en el respectivo contrato distinto del domicilio real del mismo.

Llevada adelante la ejecución sin que el accionado tomara inter vención en ella el martillero actuante informó a fs. 80 sobre el remate dispuesto por el Juez y dio cuenta de que Organización del Plata S.A.L.

parte accionante en uutos, resultó compradora del mencionado automóvil.

Como el producido de la subasta no alcanzó a cubrir el capital adeudado y sus accesorios, la parte actora dejó a salvo su derecho a Hevar adelante la ejecución hasta obtener el pago de la totalidad de su crédito v. Es. 53). Pidió luego se libras mandamiento de embargo a diligenciarse en el domicilio del demandado sobre los bienes muebles que huabrian de indicarse oportunamente incluyéndose dentro de la medida un vehículo automóvil del que se hizo mención en el pertinente escrito v. Es. 93).

A fs, 95 a ejecutante denunció la existencia de la sub-parcela 00-01 de propiedad horizontal del inmueble sito en calle Crámer 1 9 esquina Diaz Vélez, Ramos Mejía, Provincia de Buenos Aires, como perteneciente al demandado, y solicitó el embargo de la misma.

A fs. 117 se presentó por vez primera en autos José Smoler, constituyó domicilio e informó que el vehículo del que se hizo mención a Es. 93 —sobre el cual se trabó embargo según constanció Es. 170- se hallaba prendado.

A fs. 119 el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires certificó que sobre el inmueble antes mencionado existía una hipoteca a favor del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

A fs. 121 obra oficio librado al Banco Hipotecario Nacional a efectos de que informase sobre la deuda que pudiera existir por expensas comunes en relución al inmueble de propiedad de Smoler, y en la respuesta fechada el 6 de abril de 1970 (fs, 122) se hace saber que st nombre de las partes del presente juició no se registraban préstamos en aquella institución.

A fs, 131 la actora pidió que se librase oficio al Instituto Nacional de Previsión Social a fin de notificar al mismo de la subasta decretada en autos y a fs. 132, en un nuevo escrito, rectificó la solicitud anterior y pidió que el oficio fuese dirigido al Señor Ministro encargado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social A fs. 133 corre agregada una copia del pertinente oficio firmada por ad apoderado de la actora en la cual se huce mención de la escritura de

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Año: 1976, CSJN Fallos: 295:610 
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