Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1980, Fallos: 302:271 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

6) Que, en tales condiciones, las garantías constitucionales invocadas no guardan la debida relación directa exigida por el art. 15 de la ley 48.

Por ello, y vído el Sr. Procurador Fiscal, se desestima la queja.

Avorro R, Ganmerts — AneLano F, Rossi — Penno J. Fnias — Enías P. GUASTAviNo,
JULIO CESAR MARQUEZ
RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.

Al versar el mcurso estriordímario sobre La misma cuestión" que provocó una vckvatoris Le edecístón recauda en ósta constituye la sentencia definitiva del superior tribal de La cima (5), RECURSO EXTRAORDINARIO Neyvistos formales Introducción de la cuestión federal, Oportunidad. Planteamiento vn el escrito de interposición del recurso extraordinario.

Resulta tardé la formolación de cuestiones federales sólo en el recurso extraordimario. vi que el rechazo de Las peticiones constituye tin evento pres visible que impone enunciar los mencionados temas en la primera ocasión posible en el curo del mreceso. emi fue —en el caso— la de interponer la aclaratoria cuya desestimación se improga (3), ') 15 de abril, Causa "Ventemeglia D. c/Fabina SA.CLLEA" del 4 de octubre de 1977.

=) Fallos: 296:124 ; 297:285 .

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

9

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1980, CSJN Fallos: 302:271 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-271

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 302 en el número: 271 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com