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Año: 1980, Fallos: 302:684 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad, Leye:

nacionales. Administrativas.

Es inconstitucional el art. 8 de la ley 21274, pues al establecer un impedimento absoluto para ingresar a los otros orginismos afectados al sistema, infrnge el art. 16 de la Constitución Nacional que sólo exige una idoncidad que la prescindibilidad no cuestiona, por manera que dicha prohibición no constituye una reglamentación razonable de los arts. 14 y 18 de la Carta Fundamental,
DICTAMEN DEL ProcURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:

Contra la sentencia de la Sala 11 de la Cámara Nacional del Trabajo. que confirmó la de primera instancia, deduce la parte actora recurso extraordinario. Dos son las cuestiones que en él articula: por un lado, l inconstitucionalidad de la ley 21.296 en cuanto incluyó al personal de CAS.F,P.I. en el art. 19 de la ley 21.274; y tacha, por el otro, de arbitrario el fallo, Ml decidir sobre su procedencia, la Cámara lo admitió en lo relativo a la primera de esas cuestiones (fs. 191), denegándolo, en camhio, en lo relativo a la arbitrariedad articulada sín que el apelante haya interpuesto la correspondiente queja (v. Es. 188 y 191).

Pienso, en lo que hace a la parte del recurso a la que se hizo lugar, que el mismo es procedente por haberse puesto en tela de juicio la validez de una norma de carácter federal y por ser la decisión detinitiva del superior tribunal de la causa contraría a la pretensión del recurrente, En cuanto al fondo del asunto, la cuestión planteada en el sub examine es sustancialmente análoga a la resuelta por V. E. con fecha 13 de marzo ppdo. en la causa "Campos, Jorge Bernardo c/Caja de Subsidios Familiares para el Personal de la Industria" C. 74, —XVIIRecurso de Hecho, por lo que, en homenaje a la brevedad, cabe remitine a sus fundamentos, en lo pertinente, para rechazar Jas pretensiones de los recurrentes con la salvedad relativa a la invalidez constitrcional del art, $° de la ley 21,274,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:684 
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