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Año: 1980, Fallos: 302:682 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, y fundamentos del dictamen del señor Procurador Fiscal, se declara improcedente el recurso extraordinario. Con costas.

Anotro R. Gamurtt: — Aneranoo F, Rossi — Penno J. Frías — Etías P. CUAstavino, SAMUEL ABRAHAM ZEIGUER v. CLAUDIO REINOSO ARTEAGA Y Ono RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Coma juzgada.

Lo atinente 4 la existencia o inexistencia de la cosa juzgada es materia propia de los ¡nueces de la causa y ajena a la instancia del art. 14 de la ley 48. Asi ocurre en el caso en que la sentencia no hizo lugar al reajuste de la chnsula peral solicitado con posterioridad al fallo que declaró resuelto el contrato de compraventa, por entender que a ello se oponía la autoridad de la cosa juzgada y la falta de constitución en mora de los demandados (+).


MARIA BEATRIZ DE ACHAVAL 1r CREEN v. JUAN HUGO GREEN

HONORARIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES.
En los recursos de queja por apelación denegada que se desest man no res sulta aplicable el Arancel; corresponde regular los honorarios teniendo en cuenta los trabajos realizados (3), 1 de julio. Fallos: 267:366 , 417; 271:272 ; 297:551 ; 300:777 , 853.

1 e de julio. Fallos: 249:221 : 250:444 ,

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:682 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-682

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