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Año: 1981, Fallos: 303:823 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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BRUNO ANGELI v. EMPRESA HIERRO PATAGONICO nr SIERRA GRANDE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.

Es descalificable el fallo si el criterio seguido por el juzgador de excluir del monto a tener en cuenta para la admisibilidad del recurso de apelación la incidencia de la actualización por depreciación monetaria derivada del período que media entre el momento en que la indemnización se tomó exigible y el de promoción del juicio, expresamente reclamada en la demanda, no se encuentra avalado por argumentos que lo respaldan (').

1NOS v. RACING CLUB RECURSO DE QUEJA: Depósito.

Dado el carácter autónomo de las pretensiones de los recurrentes, resulta insuficiente un solo depósito a los efectos del art. 288 del Código Procesal (°).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Corresponde dejar sin efecto la regulación si, al reducir los honorarios fijados por el juez, el a quo no sólo excedió la jurisuicción que le atribuía el único recurso concedido, toda vez que el de la actora fue declarado desierto por falta de fundamentación en aquella instancia, sino que omitió fundar adecuadamente lo atinente a la actualización del monto computable a los efectos regulatorios —como lo exigía la seriedad y extensión de las argumentaciones de los profesionales sobre el punto en su memorial de 1) 11 de junio. Fallos: 302:1619 .

2) 11 de junio. Fallos: 208:85 .

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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:823 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-303/pagina-823

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