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Año: 1986, Fallos: 308:1478 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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llevar a que la Corte tenga que analizar la mayor o menor utilidad -reál que la pena puede proporcionar para combatir el flagelo de la droga, como no lo podría hacer. pára analizar si las penas conmi nadas para cualquier otro delito del catálogo penal resultan útiles .

o contraproducentes para la abolición del delito en sí. .

o ae .

19) Que, finalmente, también debe rechazarse el argumento del apelante relativo a la necesidad de probar en cada caso que la te- nencia trasciende la esfera personal. El tema ya ha sido resuelto por el Tribunal al fallar la causa que se registra en Fallos: 303:1205 conf. también Fallos: 305:137 ), donde se sostuvo que una interpretación semejante importaría agregar un requisito inexistente que altera el régimen de la ley, porque para ella no interesa el hecho concreto de que la posesión trascienda, pues por tratarse de un deli- .

to de peligro abstracto basta con la relevante posibilidad de que ello ocurra, con base en la razonable presunción de que la simple tenencia siempre involucra un riesgo a los bienes tutelados. .

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara mal concedido el recurso respecto del agravio tratado en el considerando 3, y se confirma la sentencia en cuanto rechaza la inconstitucionalidad del art. 6 de la ley 20.771. - - , JosÉ: SEVEro CABALLERO — CARLOS S, FAYT.


GERARDO L. NOWACKY v. YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y, actos comunes.

° Las cuestiones entre empleados y empleadores atinentes a derechos que emanan de la relación laboral son temas de hecho, prueba y derecho común, ajenos a la instancia del art. 14 de la ley 48. .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1478 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-1478

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