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Año: 1986, Fallos: 308:1976 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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corresponde someter —como excepción— a la entidad demandada a los tribunales civiles de esta Capital (v. art. 111, inciso 1, in fine, de la ley 1893; Fallos: 297:159 , y jurisprudencia allí citada).

Observo a mayor abundamiento, que el decreto 2080/80 crea un sistema específico para el control judicial de ciertas decisiones administrativas por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de esta Capital (art. 58, del referido decreto), antecedente que torna aconsejable mantener la jurisdicción de dicho fuero como especializado en el tema debatido en el juicio, con exclusión de otros órganos judiciales (Fallos: 302:1604 ). .

Por todo ello, soy de opinión que la Justicia Nacional en lo Civil de esta Capital Federal, por intermedio de su Juzgado N° 17, resulta competente para continuar interviniendo en la causa, debiendo así declararlo este Tribunal. Buenos Aires, 19 de agosto de 1986. José Osvaldo Casas.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
. Buenos Aires, 16 de octubre de 1986.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Que esta Corte comparte las conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal en cuanto a que la justicia nacional en lo civil es la competente para entender en la causa. En efecto, los hechos invocados por el actor como fundamento de su reclamo resar- .

citorio contra el Estado Nacional son atinentes a la "actuación culposa y negligente del Registro de la Propiedad" (fs. 35 vta.). Ello remite a la preferente consideración de normas del derecho común y Jocal, como la ley 17.801 —complementaria del Código Civil (art. 42) — y el decreto 2080/80, que reglamenta la aplicación de esta última en .

Ja Capital Federal y en el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud (art. 1).

2) Que, por otra parte, si bien es cierto que el actor demanda al Estado Nacional —Ministerio de Educación y Justicia—, lo hace

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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1976 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-308/pagina-1976

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