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Año: 1988, Fallos: 311:1368 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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- n . — e.

. EMPRESA nr. SUR y MEDIA AGUA v. PROVINCIA mz MENDOZA IMPUESTO: Repetición.

No procede la repetición del impuesto provincial a los ingresos brutos acbre el - — transporte interprovincial de pasajeros, si se ha omitido acreditar que no es susceptible de traslación por no haber sido contemplado como costo en el precio N - final del pasaje (1). . . - .

LUISA MABEL ETCHEVERRY y OTROS v. PROVINCIA nz BUENOS AIRES y ' Los terceros pueden intervenir en un juicio pendiente én calidad de partes, cualquiera fuere la etapa 0 la instancia en que el proceso se encontrase y siempre o que se acredite alguna de las circunstancias enunciadas en los incs. 1) y 2) del art.

— 90 del Código Procesal. .

s SENTENCIA: Principios generales. v . El principio de congruencia presupone que la sentencia únicamente puede — contener decisión con respecto de quienes revistan la calidad de partes en oportunidad de su dictado (Disidencia de los. Dres. Augusto César Belluscio y -_.

Carlos S. Fayt). El tercero que se incorpora al litigio tras una etapa ya precluida, a los efectos de —.

o obtener la finalidad perseguida no puede pretender reabrirla; ello sin perjuicio " que en su momento el tercero que accedió tardíamente al proceso haga valer sus —— derechos mediante el ejercicio de las acciones pertinentes (Disidencia de los Dres.

.. Augusto César Belluscio y Carlos S. Fayt).

s -

COSA JUZGADA. -
Elinstítuto de la cosa juzgada encuentra límites subjetivos en quienes han sido - _ parte con anterioridad a la sentencia cuyos efectos se invocan (Disidencia de los Dres: Augusto César Belluscio y Carlos S. Fayt). .

7. (1)9deagosto.Fallos:306516. - .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1368 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1368

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