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Año: 1988, Fallos: 311:2615 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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NOLBERTO POBLETE AGUILERA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fun El recurso extraordinario debe contener fundamentación autónoma respecto de la existencia de una cuestión federal que justifique su intervención.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fun- damento. - . . 7 — Lasolaalegación deque la sentencia recurrida vulnera lacorrecta inteligen cia de detcrminadas normas federales no satisface la exigencia de fundamentación autónoma, sí no se expresan razones de tal aserto que controviertan las conclusiones del tribunal de la causa.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. FunNo basta para satisfacer las exigencias sobre fundamentación del remedio federal, la ascrción de determinada solución jurídica, si clla no está precedida de un razonamiento que atienda a las circunstancias de la causa y a los .

tórminos del pronunciamiento que la resuelve.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes. .

El ejercicio que hacen los magistrados de sus facultades para graduar las sanciones dentro de' los límites previstos por las leyes respectivas no suscitan cuestiones que quepa decidir a la Corte por la vía del art. 14 dela ley 48. - - RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interprelación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

No es idóneo para habilitar la instancia extraordinaria el agravio referente a la supuesta invalidez dol procedimiento policial, si el apelante se ha limitado a discrepar con la interpretación dada a normas de carácter procesal, cuya constitucionalidad, por otra parte, no impugnó (Voto del Dr. Jorge Antonio Bacqué).

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2615 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-2615

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