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Año: 1988, Fallos: 311:2617 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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e —H—La Cámara rechazó el recurso extraordinario-por entender que no existió arbitrariedad en su decisión, en la medida en que analizó todas y cada una de las cuestiones planteadas por la defensa, así como porque las mismas versan sobre extremos de hecho y prueba ajenos a la instancia extraordinaria. .

Adelanto desde ya mi opinión en el sentido de que el recurso debe ° ser parcialmente concedido, sin perjuicio de la confirmación de la sentencia objetada en cuanto pueda ser objeto de recurso.

Ello porque entiendo que, por un lado, en autos se plantea la inteligencia que cabe dar a leyes represivas federales, cuales son el Código Aduanero y la ley 20.771 (Fallos: 302:710 ; 306:1650 , entre muchos otros) y la decisión del inferior ha sido contraria a las preten- siones de la recurrente.

A su vez pienso que la cuestión relativa a la legalidad del procedimiento, no obstante su índole primordialmente procesal, se vincula de modo estrecho con garantías constitucionales, lo que hace procedente su tratamiento en la instancia (arg. Fallos: 306:1752 y "Rayford, Reginald s/ estupefacientes, R. 463, L.XIX, del 13 de mayo de 1986).

En cambio, la cuestión relativa a la tacha de arbitrariedad por haberse considerado entre las circunstancias relativas a la graduación de la pena, la condena impuesta en el extranjero, habida cuenta del modo que lohizo la Cámara, solo traduce a mijuicio un cuestionamiento de la inteligencia asignada por el a quo a las normas de los arts. 40 y 41 del Código Penal y del modo en que éste ejerció las facultades privativas que esas disposiciones le acuerdan, sin vicios que puedan descalificar su pronunciamiento como acto judicial (dictamen de mi antecesor en Fallos: 304:1626 y sus citas). — II — -—Sostiene la defensa, respecto de la primera de esas cuestiones federales, que el caso se encuentra regido por la ley 20.771, modificada por las leyes 21.566 y 23.077, por ser ley especial con relación al Código Aduanero, y tal encuadre implica que, aunque estas normas prevén

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2617 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-2617

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