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Año: 1988, Fallos: 311:636 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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concurriera un Sr. Cramer de Policía Federal se lo hiciera pasar sin previo control, esto es, sin confeccionarle la boleta de acceso reglamentaria, y que, como tenía que retirarse, lo atendiera.a su llegada. .

Alrededordelas 15.30 deese27 de noviembre arribó al establecimiento de la demandada un grupo de personas supuestamente a cargo del Sr.

Cramer que no fueron identificadas ni a su ingreso ni a la salida dela — planta. El Sr. Cramer fúe acompañado por el personal de vigilancia hasta el despacho de Sturzembaum. Allí le manifestó que venía a retirar a Giorgi y le pidió que lo acompañara en el operativo, a lo que Sturzembaum se negó pues no consideró apropiado efectuar una demostración de fuerza en el establecimiento, por lo cual también prefirió que los acompañantes de Cramer entraran en su despacho.

Posteriormente Sturzembaum pidió a los integrantes del grupo —que no tenían uniforme alguno— que se identificaran; algunos de ellos exhibieron credenciales, mas en el momento en el que intentó tomar la correspondiente a Cramer, éste no lo permitió, manifestando que ese .

tipo de operaciones no podría hacerse con identificación de sus intervinientes. Sturzembaum dispuso que se citara a Malamud —jefe directo de Giorgi— y a Giorgi mismo a su despacho, pues no quería —por las razones antes aludidas— que Cramer y su grupo efectuaran la detención en el lugar en que Giorgi prestaba concretamente sus servicios.

Ante esta decisión, Cramer lo hizo responsable para la hipótesis de que Giorgi escapara o se autoeliminara (confr. declaraciones de fs. 3, 5, 7, 13/17, 56/58 y 501/504 del expediente principal).

12) Que al concurrir Malamud y Giorgi al despacho del Sr. Sturzembaum, Cramer y su grupo hicieron sentar a Giorgi y lo interrogaron acerca de si tenía acceso a drogas, respondiendo Giorgi que, de acuerdo a su profesión dependía de qué tipo de drogas, y solicitando, contemporáneamente, la presencia de un abogado. El encargado del interrogatorio le manifestó que estaban haciendo un procedimiento por drogas en el que figuraba el nombre de Giorgi, por lo que los debería acompañar a fin de aclarar su situación. Al volver Giorgi a reiterar el pedido de asistencia letrada recibió como respuesta que desde ese momento quedaba detenido. Inmediatamente el grupo se retiró llevándose a Giorgi (confr. declaraciones de fs. 13/17, 56/58 y 501/504 del expediente principal), —13) Que, de manera seguida, Sturzembaum se entrevistó con el presidente del Instituto, Capitán Rodríguez; transmitiéndole su preo- cupación respecto de las circunstancias que rodearon la detención, en

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:636 
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