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Año: 1995, Fallos: 318:184 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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bién los alcances y consecuencias de la garantía legal prevista en la ley 5545 de la Provincia de La Rioja, dicha función le está vedada a la Corte en la instancia originaria, ya que la decisión de los planteos exigirá que se interprete un complejo normativo que excede el ámbito ¡us privatístico y coloca a la cuestión dentro del derecho público.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria dela Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Causas civiles. Causas que versan sobre normas locales y actos de las autoridades provinciales regidas por aquéllas.

La competencia originaria de la Corte no abarca los procesos en los que, a pesar de demandarse restituciones, compensaciones o indemnizaciones de carácter Civil, se tiende al examen y revisión de actos administrativos en los que la provincia habría procedido dentro de las facultades propias reconocidas por los artículos 121 y siguientes de la Constitución Nacional.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria dela Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Causas civiles. Causas que versan sobre normas locales y actos de las autoridades provinciales regidas por aquéllas.

El respeto a las autonomías provinciales determina que se reserve a los jueces locales el conocimiento y decisión de las causas que versan sobre aspectos propios del derecho público local.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria dela Corte Suprema. Causas en que es parteuna provincia. Causas civiles. Causas que versan sobre normas locales y actos de las autoridades provinciales regidas por aquéllas.

Correspondea la justicia provincial el examen dela defensa atinente al régimen de garantía de los depósitos, ya que ésta no deriva del contrato de depósito bancario sino de la ley, ha sido impuesta con fines de regulación económica, no se trata de una garantía personal constituida para asegurar el pago de una obligación concreta, sino que es una responsabilidad de carácter general e indeterminado establecida para efectivizar la liquidación del banco y no participa, en suma, delas características que configuran a la fianza regulada en el derecho común.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria dela Corte Suprema. Generalidades.

La naturaleza excepcional de la competencia originaria de la Corte del art. 117 de la Constitución Nacional autoriza la dedaración de incompetencia de oficio y en cualquier estado del proceso.

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:184 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-318/pagina-184

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