Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1995, Fallos: 318:27 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

318 27 3 A los efectos del debido control del estacionamiento, se destacará por parte de la Prosecretaría del Tribunal el personal necesario, y se gestionará de la Policía Federal la asignación de la vigilancia correspondiente.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLIO S. NAZARENO — EpuarDo MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO CÉsARr BELLuscio — RICARDO LEVENE (H) — GUILLERMO A. F.

López — Gustavo A. Bosserr — Javier M. Leal de Ibarra (Secretario).


SUBSECRETARIA ve ADMINISTRACION. ASIGNACION ve FONDOS.
—N225En Buenos Aires, a los 23 días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cinco, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Acordaron:

Reasumir el ejercicio de las facultades de asignación de fondos actualmente desarrolladas por la Subsecretaría de Administración, quedando suspendida toda otra disposición en contrario.

Todo lo cual, dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLio S. NAZARENO — AuGusto CÉsAR BELLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — GUILLERMO A. F. Lórez— Gustavo A. Bosserr — CARLos S. FAYr — RICARDO LEVENE (H) — ANTONIO BoccIANO — Hugo L. M. Piacentino Secretario).

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

7

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1995, CSJN Fallos: 318:27 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-318/pagina-27

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 318 Volumen: 1 en el número: 27 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com