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Año: 2006, Fallos: 329:4201 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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entidad bancaria de la localidad bonaerense de Morón (vid. fs. 145) —que podrían reconocer un origen común- y las actividades de los supuestos firmantes de la nota obranteafs. 150, Raúl Grieve y Eduardo Soares.

En esas condiciones, y atento que la competencia federal es limitada, y de aplicación restrictiva (Fallos: 321:1860 ; 323:872 y 2590), opinoque corresponde ala justicia provincial, que previno (Fallos: 311:67 ; 317:486 y 319:753 , entreotros), continuar conociendo en la causa, sin perjuicio de lo que surja del trámite ulterior. Buenos Aires, 19 de diciembre de 2005. Eduardo Ezequiel Casal.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2006.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de GarantíasN 2 de Mar del Plata, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado Federal N 1 de la mencionada ciudad.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI —
CARMEN M. ARGIBAY.

JORGE EZEQUIEL ESCOBAR
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.

Corresponde atribuir competencia a la justicia provincial para investigar el secuestro extorsivosi los hechos materia de la contienda notienen la entidad exigida para surtir el fuero federal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:4201 
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