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Año: 2006, Fallos: 329:5552 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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equipos de gas natural comprimido serán provistas por ese Ente Nacional a través de los Productores de Equipos Completos, y llevarán impreso el isologotipo del ENARGAS. Por ello, entiendo que, por tratarsede un documento que tiene validez nacional, su falsificación debe ser investigada por la justicia federal (Conf. Competencia N ° 449 L.

XL in re "Garino, Miguel Angel s/ estafa e infr. Art. 292 del C.P"", resuelta el 23 de dicienbre de 2004 —Fallos: 327:6040 -).

Esta solución importa modificar, en lo pertinente, el criterio establecido en esta última sentencia. Buenos Aires, 27 de junio de 2006.

Eduardo Ezequid Casal.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2006.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal alos que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal de Campana, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado de Garantías N° 1, con asiento en la ciudad mencionada.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — CARLOS S. FAYT — JUAN CARLOS
MAQuEDA — RiCARDO Luis LORENZETTI — CARMEN M. ArciBaY.


DIEGO HERNAN NAVARRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.

Las declaraciones tanto del denunciante como del imputado, pueden ser tenidas en cuenta a los efectos de determinar la competencia, aunque no estén plenamente corroboradas, en la medida en que no se encuentren desvirtuadas por otros elementos del expediente.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5552 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-329/pagina-5552

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