Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2006, Fallos: 329:5553 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.

Si de los términos de la denuncia surge que la conducta denunciada —supuesta apropiación ilegítima de una niña que presuntamente habría muertoal nacer en un hospital nacional— habría afectado, cuanto menos, el normal funcionamiento de un organismo nacional, corresponde al magistrado federal asumir su jurisdicción e incorporar al proceso los elementos de juicio necesarios a fin de conferir precisión alanotitia criminis y resolver, luego, con arreglo alo queresulte de ese trámite.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre el Juzgado de Garantías N ° 1 y el Juzgado Federal N ° 3, ambos de Morón, Provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa en la que se investiga la denuncia formulada por Diego Hernán Navarroy su cónyuge, Silvana Paola Navum.

Refirieron que a fines de enero del año 2001, en el Hospital Nacional Alejandro Posadas, se produjo el nacimiento de sus hijas —parto gemelar— una de las cuales murió media hora después, aparentemente por padecer anencefalia, y que sus restos les fueron entregados con posterioridad a la realización de una necropsia. Agregaron que días después, en ese mismo establecimiento asistencial, una mujer de apellido Altabe, dio a luz un feto muerto y que al momento de pretender retirar el cadáver las autoridades les informaron que no se encontraba allí y que el cuerpo que aún permanecía en el lugar era el de A. N.

N. Surge, asimismo, que a raíz de la presentación efectuada por el nosocomio antela justicia civil local, se efectuaron estudios genéticos sobre los dos presuntos cadáveres, compr obándose que había vínculo biológico entreunode los fetos y la señora Altabe, no así respecto dela denunciante. Adujeron finalmente no saber a ciencia cierta si su hija nació viva y murió poco después o si bien gozaba de buena salud y fue apropiada ilegítimamente.

El magistrado provincial, con sustento en que los hechos denunciados afectarían el funcionamiento de una institución dependiente

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5553 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-329/pagina-5553

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 329 Volumen: 4 en el número: 667 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com