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Año: 2006, Fallos: 329:5558 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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nifestaciones del personal policial preventor, cuyas declaraciones brindadas en la instrucción también fueron leídas durante el debate (Voto de la Dra. Elena.

Highton de Nolasco).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió el voto—.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Doble instancia.

Para la adecuada satisfacción de la garantía de la doble instancia (arts. 8.2.h de la Convención Americana sobr e Derechos Humanos, y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), corresponde al tribunal intermedio examinar los planteos respecto de la valoración de los testimonios incorporados por lectura antela alegada ausencia de prueba de cargo, a fin de controlar si el razonamiento a través del cual se arribó a la sentencia de condena afectó o no los principios de defensa en juicio y debido proceso(Voto de la Dra. Elena |. Highton de Nolasco).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió el voto—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 8 condenó a Aníbal Leonel Benítez a la pena de dos años y seis meses de prisión y costas, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de lesiones graves, calificado por haber sido cometido con un arma de fuego (artículos 41 bis y 90 del Código Penal).

Contra ese pronunciamiento, su asistencia técnica inter puso recurso de casación con fundamento en que presentaba vicios in procedendo. Sostuvo que se aplicó de manera irracional el artículo 391 del Código Procesal Penal de la Nación al no haberse garantizado al imputado, al menos en alguna etapa del proceso, el derecho de controlar las declaraciones.

Alegó que en el juicio no se había producido elemento de cargo alguno en forma debida, pues el tribunal incorporópor lectura la totalidad dela prueba dirimente ya que el debate se realizó en ausencia de la víctima, de los testigos y de su coprocesado, y que las constancias

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5558 
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