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Año: 2006, Fallos: 329:5853 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2006.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presenteincidente el Juzgado de Garantías N ° 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, al que seleremitirá.

Hágase saber al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 dela ciudad mencionada.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLos MAQueDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LORENZETTI —
CARMEN M. ARGIBAY.
ALFREDO ANTONIO CABALLERO v. PESQUERA SURCAR y Otros JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Almirantazgo y jurisdicción marítima.

Es competente la justicia federal para conocer respecto del reclamo —efectuado por un conductor naval atinente a rubros salariales e indemnizatorios derivados de supuestos incumplimientos del empleador respecto de prestaciones concretadas en un buque, en tanto el art. 116 de la Constitución Nacional y los arts. 610 y 616 de la ley 20.094 atribuyen competencia a dicho fuero de excepción para entender en acciones derivadas de contratos de ajuste cumplidos en buques de bandera nacional.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

—|-

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Rural y de Minería de la Ciudad de Rawson, Provincia del Chubut

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:5853 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-329/pagina-5853

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