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Año: 2015, Fallos: 338:16 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Respecto de la calificación de lesa humanidad, la Corte no ha fijado posición en ningún otro caso. Esto es bueno aclararlo. La Corte todavía no ha fijado posición sobre otros hechos calificables o no como de lesa humanidad.

Nuestra Constitución también promueve la igualdad real de oportunidades. Y esto es algo que ha sido jurisprudencia central de la Corte y de muchísimos tribunales. En los últimos años se han hecho avances en cuanto a una distribución más igualitaria de la riqueza. Y esto debemos decirlo porque también ha sido respaldado también por el Poder Judicial y la propia Corte, que ha declarado constitucionales muchísimas decisiones que han avanzado en la idea de una redistribución igualitaria.

Lo que decimos es que acá también se aplica la idea de la progresividad de los derechos fundamentales. No vamos para atrás. Debemos ir para adelante. Y esto lo dice la Constitución y los tratados internacionales. Ir para adelante significa que la igualdad no solo debe basarse, como fue en épocas de crisis, en el asistencialismo sino en los derechos. Como dice Amartya Sen, en un libro publicado hace poco sobre el tema, es la igualdad de capacidades, es decir, de que todas las personas tengan derechos. Derechos, no simplemente el asistencialismo de las épocas de emergencia. Estos derechos implican la capacidad de cada uno de desarrollar su vida, de ejercer opciones, de avanzar, de tener un paquete de bienes primarios.

Y otro aspecto vinculado a la igualdad, que esta Corte ha tratado, es que no debe haber personas desechables, que están fuera del sistema, que se transforman en objetos sin futuro, porque esto nos duele como sociedad pero, además, crea tensiones en toda la sociedad.

Por eso, nosotros declaramos derechos fundamentales en materia de acceso a la vivienda, o a la alimentación. En eso tenemos que trabajar todos. Y también el problema del narcotráfico, porque mientras nuestros chicos, sobre todo los más excluidos, estén a merced del narcotráfico, tampoco tendremos igualdad.

Y quiero aclarar, porque esto lo dijo la Corte en un fallo en el 2009 en la causa "Arriola", no nos referimos al consumo. Dijimos muy claramente que nos estamos refiriendo a la lucha contra la distribución, lo que llamamos el narcotráfico. En esto también necesitamos cooperación de los poderes del Estado para juntos desarrollar una política clara en esta materia y que no avance más. Estamos en el momento en que podemos detenerlo.

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:16 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-338/pagina-16

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