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Año: 2015, Fallos: 338:11 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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lo que nos ocurrió en el pasado; en demasiadas oportunidades cada uno tiró de la cuerda hasta un extremo en el que hizo explotar todo, o bien condicionando gobiernos democráticos. Esto no es posible. Lo hemos criticado. Incluso hemos criticado la función que cumplió la Corte Suprema cuando celebramos los 150 años de esta institución.

En el pasado hubo algunas épocas en las cuales la Corte no defendió adecuadamente el Estado de derecho.

Mientras nosotros estemos aquí no toleraremos ninguna acción extrema que ponga en riesgo el Estado de derecho o el funcionamiento democrático por parte de ningún sector. No vamos a volver a repetir los errores del pasado.

Hay que respetar las instituciones, respetar el Poder Judicial, respetar el Congreso y también la institución presidencial. Todas. Como ocurre en todos los países estables, que es lo que pretendemos ser y lo repetimos día a día.

Nuestra Constitución protege también el sistema republicano.

La idea de República importa la división de poderes, que tiene una relevancia estratégica en el futuro del país. Nosotros hemos sostenido, en algunas de nuestras conversaciones, que existe una fisura entre una tradición popular y una tradición republicana en nuestra historia, que no se ha terminado de resolver. Hemos tenido dictaduras, gobiernos republicanos sin participación popular y gobiernos mayoritarios que terminaron sin República. En el plano institucional hemos visto muchos procesos a lo largo de nuestra historia que rompieron con la regla de la evolución. Nacieron adultos y evolucionaron hacia la infancia en términos institucionales.

Nuestro problema es institucional y lo hemos mencionado en numerosos fallos. Por eso, lo que decimos es que la posición de la Corte en estos años tiene dos elementos. Uno es lo que podemos decir progresismo, porque la Constitución en el año 94 establece la progresividad de los derechos fundamentales. Y por eso nuestra jurisprudencia y la de los que nos seguirán tiene que seguir el mandato constitucional.

Estamos atados a la Constitución en el sentido de la expansión de los derechos y no de su restricción.

Pero también la Corte es republicana, porque así lo dice la Constitución, y por eso respetamos la división de poderes y sostenemos que debe haber un Poder Judicial independiente.

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Año: 2015, CSJN Fallos: 338:11 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-338/pagina-11

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