Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2019, Fallos: 342:283 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (OSPESGA) c/ ASOCIACION MU-

TUAL OBREROS ESTACIONES DE SERVICIO (AMOES) s/ JUICIO
SUMARIO DE PAGO POR CONSIGNACIÓN", radicados en el Juzgado Federal Nro. 1 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, al suscribir documentación para la cual no se encontraba habilitado, expresar falsedades en ocasión de absolver posiciones en fecha 9 de agosto de 2007; y desistir en fecha 30 de agosto de 2007 del derecho y del proceso articulado por AMOES, aceptando y recibiendo el pago consignado por OSPESGA de $ 40.000 como el único adeudado y como pago cancelatorio de la deuda..." Ello, conforme surge de las diversas pruebas agregadas al sumario, "del resultado de la pericia efectuada por la perito contadora por AMOES, Adriana Tazzioli, quien dio cuenta que de la relación contractual entre AMOES y OSPESGA surge un crédito a favor de la prestadora AMOES de $ 16.355.922,18...

y del cálculo aritmético efectuado a requerimiento del Tribunal por el perito oficial, Luis Angel Nuñez, quien indicó que el crédito a favor de la prestadora AMOES ascendería a más de $ 9.000.000 sin contabilizar los años 1998 y 2001".

En la misma línea, la conducta atribuida a Ismael Ramón Marcón consistió en "...haber, en principio, cooperado en la causación del perjuicio económico sufrido por (AMOES) y procurado un lucro indebido para la Obra Social que representa (OSPESGA) mediante la suscripción del convenio de transacción celebrado con el Señor Manuel Santos Freire en los autos Nro. 85.105, registro del Juzgado Federal Nro. 1 de la Ciudad de Rosario -Provincia de Santa Fe-caratulados "OBRA SOCIAL DEL PERSONA DE ESTACIONES
DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y AFI-

NES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (OSPESGA) c/ ASOCIACION

MUTUAL OBREROS ESTACIONES DE SERVICIO (AMOES) s/ JUI-
CIO SUMARIO DE PAGO POR CONSIGNACIÓN", mediante el cual AMOES desistió de la acción y del proceso a cambio de la suma de $ 40.000 consignado por OSPESGA en carácter de pago por conceptos y período resultantes del contrato de prestación de servicios asistenciales celebrado entre las partes, cuando conforme al informe pericial realizado por la perito de parte Adriana Tazzioli surge un crédito a favor de la prestadora AMOES de $ 16.355.922,18...; y del cálculo aritmético efectuado a requerimiento del Tribunal por el perito oficial, Luis Angel Nuñez, un crédito que ascendería a más de $ 9.000.000 sin contabilizar los años 1998 y 2001".

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

7

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2019, CSJN Fallos: 342:283 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-342/pagina-283

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 342 Volumen: 1 en el número: 297 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com