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Año: 2023, Fallos: 346:550 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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a una autocracia que a una democracia, lo que resulta abiertamente contrario al sistema republicano de gobierno que las provincias deben respetar (Voto del juez Rosenkrantz).


INTERPRETACION DE LA LEY
Las manifestaciones del miembro informante de un proyecto -en este caso, constitucional- constituye una fuente propia de interpretación por cuanto debe suponerse que las comisiones de una convención constituyente, al igual que sus pares parlamentarias, estudian minuciosa y detenidamente en su fondo y forma los asuntos que despachan, teniendo más valor que los debates en general dentro de la convención o las opiniones individuales de los convencionales constituyentes (Voto del juez Rosenkrantz).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 01 de junio de 2023.

Autos y Vistos; Considerando:

1") Que Sergio Guillermo Vallejos Mini, en su carácter de candidato oficializado a gobernador y apoderado de la subagrupación política Evolución Liberal aprobada dentro de la alianza electoral "Unidos por San Juan", promovió la acción prevista en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra la Provincia de San Juan a fin de que cese el estado de incertidumbre respecto del artículo 175 de la Constitución provincial y el artículo 5° de la Constitución Nacional. Entendió que tales normas inhabilitan al ciudadano Sergio Mauricio Uñac a ser nuevamente candidato a gobernador en las elecciones de este año.

Transcribió el artículo 175 de la Constitución de la Provincia de San Juan en cuanto dispone que "[e]l Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces". También señaló que Sergio Mauricio Uñac resultó elegido vicegobernador para el período 2011-2015, luego gobernador para el período 2015-2019 y nuevamente

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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:550 
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