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Año: 1901, Fallos: 94:417 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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VOTO EN DISIDENCIA
Y vistos: El incidente sobre reposición del sellado, promovido en el juicio iniciado por el Baneo Nacional, en liquidación, contra los herederos de Don Ramón Brizuela y Doria, traído el juicio testamentario de éste, Y considerando: 1° Que el abogado del Banco Nacional se niega ú la reposición de sellos ordenada por el Juez a que, de las actuaciones producidas ante el Juzgado Federal, fundándose en leyes del Honorable Congreso de la Nación. 2 Que las leyes de la Nación dictadas porel Congreso Nacional de conformidad ú la Constitución de la misma son obligatorias para todo el territorio de la República sin excepción alguna. 3' Que las autoridades y poderes públicos de cada Provincia están obligadas ú respetar las ú acatarlas y aries enmplimiento, según lo establece terminantemente el artículo. 31 de la Constitución Nacione que dice así: «Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extrangeras son la ley suprema de la Nación y las autoridades de cada Provincia están obligadas úá conformarse ú ella, no obstante enalquier disposición en contrario que contengan las leyes 6 constituciones provinciales». 1' Que entre las atribuciones constitucionales del Congreso Nacional entra la de dictar anualmente la ley de presupuesto reneral y leyes de hacienda, en las que está comprendida la de papel sellado para las netuaciones y demás docamentos verificados ante la jurisdieción y fuero nacional actuaciones y documentos que estando en forma deben tenerse como válidos y perfectos sin exigencia alguna por los poderes públicos de cada provincia, 5" Que esta ley nacional de sellos no ataca ni hiere en manera alzuna lu soberanía de las Provincias que tienen esta misma facultad, puesto que E

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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:417 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-94/pagina-417

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