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Año: 1863, Fallos: 1:295 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA NACIONAL.
TAUSA EI.
Sobre competencia de jurisdiccion entre el Juzgado Seccional de Buenos-Aires y el de Entre-Rios.

El hecho es el siguiente: Se presentó al señor liquidador de la denda nacional para su conversion en fondos públicos, un billete de Tesoreria definitivamente amortizado ya en la Administracion de Rentas del Rosario, con la circonstancia de haberse cobrado en parte en la Administracion de Gualeguaychú.

Este hecho, que se descubrió merced 3 haberse quitado un papel que estaba pegado al reverso del billete, que ocultaba la constancia de su amortizacion, se pasó a conocimiento del Juzgado Seccional de la Provincia de Buenos-Aires para lo que hubiese lugar.Auto del Juez Seccional.

Buenes-Aires, Junio 18 de 1861.

Habiendo ocurrido los hechos que se espresan en la Provincia de Entre-Rios, y correspondiendo por lo tanto su conocimiento al Juzgado Nacional de esa Provincia; remilanse estos antecedentes enla forma correspondiente.

Eeredia, (D. Alejandro).

El Juzgado Seccional del Paran) decretó con fecha 20 de Agosto de 1864, lo siguiente: «Por recibido con el espediente de su refe» rencia que el acluario foliard, y correspondiendo el conocimiento » de este asunto indistintamente al Juzgado Nacional de Buenos-Ai» Tes ó al de esta Provincia por cuanto los hechos que han tenido » lugar en Gualeguaythú no son de mayor importancia que el delito » perpetrado en aquella Provincia; y habiendo el Ejecutivo Nacional « sugetidolo 4 la decision de ese Juzgado, en cuya jurisdiccion ade

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:295 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-1/pagina-295

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