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Año: 1924, Fallos: 141:75 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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de proseguir el sumario que instruye a Ramón Rosa Roldán, por homicidio, solicitando remita a este juzgado las actuaciones que haya producido, Hágase saber. ' Jorge M. Terán.


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 16 de 1924 Suprema Corte:

La intervención de fuerzas armadas de la "Nación para reprimir desordenes en la vía pública, cuyo. cuidado les ha sido confiado, por razones excepcionales, como servicio auxiliar de policia local, no constituye un acto de carácter múlitar sometido a dicha jurisdicción en los términos del artículo 117 del Código de Justicia Militar si, como consecuencia de dicha intervención, resulta cometido un homicidio en la persona de ciudadanos o particulares.

Tal es la doctrina de V. E. (113, 405:132 , 20) y tal la cuestión que se comete en estos atitos a resolución de esta Corte Suprema en ocasión de la muerte de Benigno A. de Bairos, imputada al conseripto del batallón 5. de Ingenieros Ramón 'Rosa Roldán mientras custodiaba la vía pública y edificios particulares en la citidad de "Tucumán con motivo de agitaciones obreras producidas en dicha ciudad, El expresado Bairos, resultó muerto el 8 de mayo del corriente año de un tiro de máuser disparado por el conscripto Roldán al pretender restablecer cl orden alterado por 7 un tumulto callejro en las proximidades del sitio donde pres¿taba su guardia.

Aplicando, pués la doctrina aludida de esta Corte Suprema, soy de opinión que el conflicto de jurisdicción trabado entre el Juez de Instrucción de Tucuggán y el de igual clase de

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:75 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-141/pagina-75

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