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Año: 1924, Fallos: 141:76 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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la justicia militar para conocer en el proceso que se inicia contra Roldán, debe dirimirse en favor de la competencia del Juez de. Instrucción de la justicia provincial, Honcio R. Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 16 de 1924 Autos y Vistos:

Los de contienda de competencia entre un juez de Instrucción de la Ciudad de Tucumán y otro de igual categoría de la justicia militar, para conocer en el proceso que se instruye al conscripto Ramón Rosa Roldán por homicidio en la persona del ciudadano Benigno A. de Bairos.

Y Considerando:

Que según lo acreditan las constancias de autos, el hecho que se atribuye al soldado Roldán, esto es, la muerte de de Bairos, tuvo Jugar en una calle de la citidad de Tucumán en circunstancias en que algunas de las fuerzas militares de ¡a Nación, a las que pertenecía el conseripto aludido, prestaban su cooperación a la policía de la ciudad para restablecer el orden alterado por algunos gremios obreros en huelga.

Que de estos antecedentes se deduce desde luego, que por razón del hecho imputado, esto es de un delito del fuero comáún, legislado en cuanto a su penalidad y calificación por el Código Penal no es procedente en el caso otra jurisdicción que la criminal ordinaria respectiva; y otro tanto puede decirse con relación al lugar del hecho, ocurrido en la vía pública, sin que ésta estuviera por concepto a'guno sujeta exclusivamente a la autoridad militar,

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:76 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-141/pagina-76

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