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Año: 1931, Fallos: 160:136 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, fallo este juicio seguido por la Compañía Argentina de /Navegación "Nicolás Mihanovich Ltda", contra el Fisco Nacional, sobre daños y periuicios al vapor "Ciudad de buenos Aires", haciendo lugar a la demanda, y en consecuencia, ordenando la constitución del Tribunal Arbitral para que dirima las cuestiones planteadas, sin costas. cada la naturaleza de esta causa. A los efectos de lo preceptuado por el artículo 1269 del Código de Comercio, designase la audiencia del día 2 de Julio, a las 15 horas.

Notifíquese y repónganse las fojas. — Eduardo Sarmi-nto.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIÓN
Buenos Aires, 1° de Diciembre de 1930.

Y Vistos:

Por sus fundamentos se confirma la resolución apelada de fojas 29, que haciendo lugar a la demanda instaurada por la Compañía Argentina de Navegación "Nicolás Mihanovich Ltda." contra el Fisco Nacional, ordena la constitución del Tribunal Arbitral para que dirima las cuestiones planteadas, sin costas. Reponganse las fojas en primera instancia, — José Marcó. — Marcelino Escalada, — Rodolfo Ferrer. — En disidencia: RA Nuzar Inchorena.

DISIDENCIA:
Vento lo que tengo manifestado reiteradamente en citsos añálogos, de que la Nación no puede someterse en ningún caso al juicio de árbitros, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 100 de la Constitución Nacional, soy de opinión que debe revocarse la resolución apelada de fojas 29. — 75. 1. Nazar .in chorera.

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:136 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-160/pagina-136

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