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Año: 1937, Fallos: 179:306 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, diciembre 1" de 1937, Y Vistos: Los autos caratulados: "Maza Isidro contra la Nación, sobre cobro de pesos", venidos por el recurso de apelación concedido a fs. 174 contra la sentencia de la Cámara Federal de la Capital, de fs. 161, y Considerando :

Que habiéndose alegado en nutos la preseripción de la acción promovida, defensa que ha sido deelarada procedente por el fallo en recurso, corresponde examinarla en primer término desde que en el caso de ser admitida sería innecesaria la decisión sobre el fondo del asunto.

Que el actor ha demandado a la Nación como persona de derecho público (fs, 1) por ebro de sueldos que afirma le corresponden por el desempeño de funciones de Asesor Letrado del Ministerio de Agricultura durante el término que indica, y por los servicios que ha prestado como Interventor de la Dirección General de Tierras, La Nación ha opuesto por in" ermedio de sus representantes, la defensa de prescripción, fundada en que entre la fecha en la cual el actor cesó en el desempeño de las funciones que motivan la demanda (junio 4 de 1923) y aquélla en que ústa fué iniciada (octubre 11 de 1934) han transcurrido más de diez años, si hien es cierto que en el enso rige una prescripción más corta: la del art. 4027 inc, 3 del Código Civil, que invoea.

Tanto el Señor Juez 4 que como la Cámara Fede

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:306 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-179/pagina-306

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