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Año: 1938, Fallos: 180:240 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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fué conferido anteriormente por deereto, con arreglo al art. 4 de la ley N° 11,268; pero puede demandar ante los — tribunales de justicia, dentro de los plazos legales, la nulidad de la resolución por la cual se otorgó el grado respeetivo (1).

Juicio: Martínez José y. la Nación.


JURISDICCIÓN: FUERO FEDERAL — ESTAFA — VIO-

LACION DE CORRESPONDENCIA.
Sumario: Corresponde a la justicin local entender en el sumario iniciado ante ella con motivo de haberse cobrado con endoso falso, un eheque hallado en la vía pública dentro de un sobre abierto, según la afirmación de los acusados; pues la justicia federal sólo sería competente en el caso de que existiera el delito de violación de correspondencia, que no aparece comprobado en autos.

Juicio: Birant Ventura y San Juan Manuel s. estafa.

Caso: Resulta de las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:

Esta causa tiene por origen haberse cobrado, eon endoso falso, un cheque que los procesados aseguran haber hallado en la vía pública, dentro de un sobre abierto. El Sr. Juez de Instrucción de esta Capital que inició el sumario, se ha declarado incompetente, ante la posibilidad de que además de estafa, exista violación de eorrespondencia (fs. 42 vía.); pero el Sr. juez federal Dr. Jantus, entiende que hasta este momento no existe prueba de haber ocurrido así los hechos. Con E a Fecha del fallo: abril $ de 1938, En igual sentido: Fallos,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:240 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-180/pagina-240

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