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Año: 1939, Fallos: 183:409 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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INTERESES: PROCEDENCIA DEL COBRO — LIQUI-
DACION.
Sumario: En las ejecuciones, los intereses legales de las suMas liquidala: Y DE pegadas corren ai necesidad de intimar al aereedor después de cada liquidación.

Juicio: Benvenuto y Cía. v. Provincia de Corrientes s. cobro de pesos (1).


JURISPRUDENCIA — INCONSTITUCIONALIDAD: LEY
Nov 3469 DE CORDOBA — IMPUESTO A LOS VINOS.

Sumario: 1" Si bien es cierto que la autoridad de los precedentes judiciales no es siempre decisiva, enpecialmette en materia constitucional, también lo es que si las cireunstancias del caso a fallarse no revelan claramente el error o la inconveniencia de las decisiones anteriormente adoptadas cón respecto a la misma cuestión jurídica haciendo ineludible un eambio de eriterio, corresponde aplicar la doctrina de los mencionados antecedentes, 2" La ley N' 3469 de la Provincia de Córdoba no viola las disposiciones de la Constitución Nacional, Juicio: Baretta Miguel v. Provincia de Córdoba s. repetición, Caso: Resulta de las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La jurisdicción originaria de V. E. para conocer en este litigio emerge de haber sido demandada la Provincia de Córdoba y estar en tela de juicio la constitucionalidad de una ley provincial.

En cuanto al fondo del asunto, se trata de la misma cuestión que motivó mi dictamen en el caso Luis y 1) Feeha del fallo: mayo 15 de 1939.

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:409 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-183/pagina-409

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