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Año: 1942, Fallos: 192:292 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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> 22 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA e recurso extraordinario deducido a fs. 27. Notifíquese y desuélvanse, reponiéndose el papel en el juzgado de origen.

Ronerto Rererro — ANTONIO Sa
GARNA — Luis Lixares — B.

A. Nazar ANCHORENA — E,
Ramos Mesía, | HECTOR S. CORONA v. JUAN E. CORONA

NOMBRE.
La ley 3975 distingue entre el nombre de la marea, que requiere su registro para oponerse al registro o uso de otra igual o semejante, y el nombre de la fábrica, comereio o ramo de la agricultura, que no lo necesita, pues basta el uso del mismo para oponerse a que otro pueda usarlo posteriormente,

NOMBRE.
El derecho a oponerse al uso del nombre de la fábrica, comercio o ramo de la agricultura por un tercero, se pierde por el transcurso de un año desde que éste lo usó sin reclamo del titular, y en tal enso ambos nombres pueden coexistir.

NOMBRE.
Quien durante más de un año usó su apellido como nombre de su comercio sin oposición de su ex socio y hermano, que en su negocio usaba su nombre y apellido conjuntamente, ha adquirido el derecho a dicho nombre r puede oponerse al uso del mismo por su hermano, que sólo podrá usar su apellido en forma visiblemente distinta a la que emplea la casa del actor,

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:292 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-192/pagina-292

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