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Año: 1942, Fallos: 193:345 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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por la parte demandada la doble causal de nacionalidad y vecindad distintas, basta que se haya comprobado cualquiera de ellas para que surta el fuero federal —Fallos: 148, 262—, Por ello, oído el señor Procurador General se revoca la sentencia apelada en lo que ha sido materia del recurso. Hágase saber y devuélvase, debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.

ANTONIO SacatiXa — B. A. NAZAr AnCHORENA — E. Ramos ME

JÍA.
SIMON MIRKIN Y Cía.

JURISDICCION: Fuero federal. Por el lugar. — Fuero ordinario.

Leyes comunes. Penales.

No corresponde a la justicia ordinaria sino a la federal, el conocimiento del delito cometido por un funcionario provincial que obstruye el buen servicio del Poder Judicial de la Nación, haciendo desaparecer efectos relacionados con un hecho investigado por un juez federal y puestos bajo la custodia del empleado local por razón de sus funciones,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Ante la justicia federal de Tucumán se inició sumario con motivo de haberse producido un choque entre un tren del Ferrocarril Noroeste Argentino y una voiturette de propiedad particular, sueeso que, entre otras consecuencias, ocasionó deterioros al automóvil, que fué

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:345 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-193/pagina-345

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