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Año: 1943, Fallos: 196:454 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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E" FALLOS DE LA CURTE SUPREMA
e cara de ella a Pszenny en la Capital Federal donde re vivía; a cuyo fin se libró el correspondiente exhorto, emplazándolo por el término de veinte días, para que E compareciera a contestarla (fs. 6, expte. de Rosario).

Notificado el 27 de agosto del año pasado, se presentó Pszenny con fecha 4 de setiembre ante los tribunales locales, oponiendo excepción de incompetencia por inhibitoria (fs. 7, expte. N" 179).

Tramitada la excepción, se libró un exhorto al juez de Rosario, en el que se le hacía saber la presentación de Pszenny y se le pedían ciertos informes (fs. 19, expte. de Rosario). Por este motivo, el juez de la Capital recién se pronunció sobre el pedido del demandado el día 8 de febrero del corriente año (fs. 32, expte. 179).

El primero de marzo siguiente se libró exhorto al juez de Rosario, pidiéndole se inhibiera de seguir conociendo en la causa; exhorts que llegó cuatro días después de haberse dictado sentencia en rebeldía del demandado, lo que aun no se ha notificado a Jas partes fs. 37 y 41 del expte. de Rosario).

En estas condiciones, resulta promovida en término la inhibitoria y corresponde decidir la contienda aplicando al caso la doctrina de V. E. en 187:651 .

En cuanto al fondo del asunto, se debe establecer si el último domicilio conyugal estuvo en Rosario o en esta Capital. Atentas las pruebas producidas en los autos, me inclino por lo primero, por cuanto los testigos que declaran en Rosario afirman que el matrimonio Pszenny-Nasatsky se instaló en dicha ciudad, con sus muebles y ropas, los que quedaron allí al abandonar el demandado a su esposa (fs. 28 a 33 del expte. de Rosario). Cabe agregar a ello, que el propio esposo manifiesta que a su vuelta de Rosario no se instaló en la vivienda que ocupaba con su cónyuge a la época de su

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:454 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-196/pagina-454

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