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Año: 1943, Fallos: 196:456 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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E y 456 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
E.

+ ALBERTO RIZZO JURISDICCION: Fuero ordinario. Leyes comunes. Penales.

A Corresponde a los tribunales ordinarios el conocimiento — de la causa sobre substracción de correspondencia y estafa cometida al apoderarse y utilizar indebidamente cheques remitidos por aquel medio, si de autos no resulta que esté complicado empleado alguno de Correos y Telégrafos de la Nación ni que las piezas de correspondeneia hayan sido £ substraídas mientras estaban bajo la custodia o servicio del Correo.


DICTAMEN DEL PrOCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

El presente proceso se sigue contra Alberto Rizzo por substracción de correspondencia y estafa, cometida al apoderarse y al utilizar indebidamente cheques que se remitían por aquel medio; pero hasta este momento no resulta de autos que esté complicado empleado alguno del Correo en la preindicada maniobra.

Las manifestaciones al respecto, de Rizzo, en su indagatoria de fs. 58 vta./59, y las constancias del expediente administrativo agregado, resultan hasta este momento insuficientes para modificar tal conclusión.

Corresponde, por ello, que en la causa conozca el Juez de Instrucción en lo Criminal de la Capital de la Nación, ya que tampoco surge de autos que las piezas de correspondencia fueran substraídas mientras estaban bajo la custodia o servicio de dicho Correo (S. C.

N., 145:406 ; 175:322 ).

En tal sentido procede dirimir la presente contienda de competencia trabada entre el Juez Federal de la Y Capital y el de instrueción de la misma. Buenos Aires, j julio 23 de 1943. — Juan Alvarez,

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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:456 
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