Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1946, Fallos: 204:175 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

5") Cálculo sobre el perjuicio ocasionado por el cese de tral ml Slao de un año, que Tos peris estiman mece, e un año, i necesario, para poner nuevamente en sctvidad el aserradero, teniendo en cuenta el volumen de mu desenvolvimiento económico, considero oportuno usar el mismo eriterio sustentado en el considerando VIII de esta sentencia, es decir, establecer el promedio de lo fijado por los tres técnicos, lo que arrojaría la suma de $ 31.136,10 m/a.

XII) Que a los efectos de fijar las costas, conforme a lo que dapone-el art 18 de la lay 185, modificzda por decreto m? 17.180, año 1944, teniendo en cuenta que de las constancias de añitos remlta que la indemnización es superior e la suma ofrecida, fs. 19 a 16; fe. 30 a 34; y fs. 61, con más el cincuenta por ciento de la diferencia entre ésta y la reclamada, deberán ter por eneala del artos estos fundamentos y disposiciones legales citadas, juzgando en definitiva, falo declarando transferido a la Dir. de Parques Nacionales el inmueble de propiedad de D. Pedro Longaretti, cuya superficie de 2.762,20 metros euadrados, ubiendo en la fracción Sud de la manzana 111 del ensanche del pueblo de San Carlos de Bariloche, Territorio del Río Negro, afecta la forma de un trapecio rectangular cuyo lado Este mide 26,65 mts,, los lados Norte y Sud, normales al primero, miden har er rr ed el Jado Nord-Oeste, 25 mia, coincidiendo aus esquineros Bud-Este y Sud-Oeste, con los Sud-Este y Nud-Oeste de la precitada man zana 111 y tiene por linderos: al Norte, más tierra de la misma ianzana 11 yal Ei ale en mio pate de e mmzane 10:

al Sud, calle en medio, zona de vía del Ferrocarril del Estado; y al Nord-Oeste, con zona de ribera del lago Nahuel Huapí y se halla imeripto eu, el Megistro de la Propledad con fecha 28 de marzo de 1938, en zona Río Negro, tomo 88, folio 13, m9 11.594, mediante el pago dentro de treinta días, en razón de que siendo una repartición pública necesita tiempo para realizar "eu trámite administrativo, las siguientes sumas:

48310540 m/o. valer de e eiera Hrs de meleraa: 510000 m/n. por las mejoras expropiadas; $ 23.152,45 m/n. por mayor costo de los materiales; $ 2.000 m/n. por traslados de instalaciones del aserradero; y 6 31.136,10 m/n. por cese de acti.

vidad industrial lo que importa la eantidad global de

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1946, CSJN Fallos: 204:175 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-204/pagina-175

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 204 en el número: 175 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com