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Año: 1946, Fallos: 205:213 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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prueba indiscutida capaz de habilitar la pericia que en base a ello se ha practicado a fs. 89. Que frente a esta situación, el juzgado no halla otra solución que la autorizada por el art. 220 del Cód. de Proceds.

de la Capital, debiendo a estos efectos relegar al juramento estimatorio de la parte actora el monto de la suma que corresponde fijar en concepto de daños y perjuicios. A esos efectos el suscripto estima prudente fijar la cantidad de $ 6.000 m/n., como justa indemnización por todo concepto, teniendo en cuen ta el informe pericial de fs. 93 y las conclusiones a que se llegó en el sumario criminal, que ponen de manifiesto la inconducta del causante, culpable principal de la intervención policial, que tan fatal consecuencia tuvo para él.

Por las precedentes consideraciones, fallo declarando que el Gob. de la Nación deberá abonar a D. Felipe Cuervo Ramos y D" Osoria Rodríguez Ramos de Cuervo, la suma que éstos juren les corresponde dentro de la de $ 6.000 m/n. que el juzgado ha fijado como indemnización por los daños y perjuicios, más sus intereses al estilo de los que percibe el Banco de la Nación Argentina, desde la fecha de la notificación de la demanda, con la mitad de Jas costas, atento a que la deman da sólo prospera en parte, en virtud de reconocerse que el causante fué quien provocó el hecho. — Alfonso E. Poccard.

SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL Bs. Aires, 1? de diciembre de 1944.

Vistos y considerando:

I. Que el Sr. Proc. Fiscal de Cámara alega la incompetencia de la justicia federal para entender en esta causa, sosteniendo que la acción deducida no se dirige contra el Gob.

Gral. de la Nación, sino contra el Gobierno local de la Capital, en razón de fundarse en actos atribuídos a un agente de la Policía de la Capital, expresando, que cuando el art. 100 de la Const. Nacional, habla "de los asuntos en que la Nación sea parte"' no se refiere al Gobierno "local", ni a las autoridades °locales"" de la Capital.

Invoca el Sr. Proc. Fiscal, los precedentes de jurisprudencia establecidos por la Suprema Corte Nacional, en la causa de José Bernabé Font v. la Nación (t. 110, pág. 148), in re Escalada v. la Nación (t. 193, pág. 36) y recientemente en el

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Año: 1946, CSJN Fallos: 205:213 
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