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Año: 1956, Fallos: 236:319 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ARRENDAMIENTOS RURALES.
En los sobre desalojo causa cto relacionado con'el contrate de arrendamiento 0 sus modalidades, materia regida por las leyes 13.246 y 13.897, ies 0. lau god ae JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Por la materia. Causas regidas por normas federales.

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Le declaración de incompetencia de un juez nacional fundada en que el conocimiento de la causa corresponde a otro organismo de carácter nacional no comporta, en mi opinión, denegatoria de fuero federal susceptible de sustentar el recurso extraordinario.

Pienso pues que el intentado a fs. 62 es improcedente y que ha sido mal acordado a fs. 66. — Buenos Aires, 2 de abril de 1956. — Sebastián Soler.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de noviembre de 1956.

Vistos los autos: "Secretaría de Transportes de la Nación —hoy Ministerio— c/Rejtman, José, s/ desalojo", en los que a fs. 66 se ha concedido el recurso extraordinario.

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Año: 1956, CSJN Fallos: 236:319 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-236/pagina-319

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