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Año: 1957, Fallos: 237:290 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de marzo de 1957, Autos y vistos; considerando ; Que con arreglo a ln jurisprudencia de esta Corte los delitos cometidos por o contra funcionarios incuestionablemente federales son de juzgamiento de la jus.

ticia en lo penal especial, en la Capital Federal — confr. causa C. 913 °°Marchese Enrigue"', sentencia de 19 de noviembre de 1956—.

Que también se ha. decidido —causa °°Entreprises Quilmes S. A. querella e/ Segovia, Ismael", sentencia de 15 de febrero de 1957— que el carácter nacional de todos los jueces de la Capital no impide que los delitos cometidos por o contra los que integran la justicia ordinaria de la Capital competan a la justicia penal de instrueción, Que a los fines de la determinación de la competencia con base en lo dispuesto en el art. 3, ine. 3, de la ley 46, es decir por razón de delitos que afectan la buena marcha y normal funcionamiento de las instituciones nacionales —obstruyen o corrompen el buen servicio de los empleados nacionales, en los términos de la ley citada— conserva interés, en el ámbito de la Capital Federal y por virtud de lo dispuesto en los arts, 43 y 46 de la ley 13.998, la determinación del carácter federal de las funciones del empleado autor o víctima del delito.

Que en la presente causa se procesa a Roberto Pettinato por el delito de exacciones ilegales reiteradas, cometido como Director General de Institutos Penales, en perjuicio de varios empleados de la repar tición.

Que el carácter de empleados nacionales que indudablemente corresponde a uno y otros, no es sufi

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:290 
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