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Año: 1957, Fallos: 237:96 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Los Dres. Costa y Vieini dijeron:

Que adhieren al voto precedente, Por lo que resulta del Acuerdo que antecede: se modifica la sentencia apelada de fs, 204 y, en consecuencia, se confirma la resolución administrativa cuestionada, con costas a las firmas apelantes. — Roberto €. Costa. — Hugo A. Anzorreguy.

— Diego Vicini,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de febrero de 1957, Vistos los autos: "General Accident Fire and Life Assuranec Co, Ltda. (prop. Frig, °Las Palmas") y otra e, Fisco Nacional ( Dirección General de Aduanas) 57 recurso contencioso", en los que a fs, 333 y 336 se han concedido los recursos extraordinario y ordinario de apelación.

Considerando:

1 Que substanciada por el Administrador dela Aduana de General Uriburu la denuncia presentada por don Vicente E. Pérez contra las empresas mencionadas, por defraudación al Fisco resultante de haberse enajenado indebidamente materiales introducidos libres de derechos, la autoridad aduanera dictó resolución en 29 de oetubre de 1940 (fs. 219 del exp. adm.

ler, cuerpo), sobreseyendo en la denuncia por estimar que no estaban justificadas las imputaciones que le daban fundamento, 2? Que por resolución de 29 de julio de 1942 (fs.

199 del exp. adm., 2? cuerpo) el Ministro de Hacienda declaró mal denegada la apelación que el denunciante había interpuesto contra la resolución aduanera referida, y, previo los trámites y dictámenes de que dan cuenta las actuaciones de fs. 207, 208 vía., 222, 226, 231 y 257 del mismo expediente, fué dictada la resolu

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Año: 1957, CSJN Fallos: 237:96 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-237/pagina-96

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