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Año: 1960, Fallos: 248:390 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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lugar de procedencia o, de lo contrario, son engañosas por contener una falsa indicación de origen, con lo que estarían infringiendo el art. 48 de la ley 3975.

Dada la forma en que se ha planteando la demanda y los fundamentos en que se sustenta, ha estado en lo cierto el Sr. Juez al decir en su sentencia que Ia solución de este pleito e=tá en la respuesta que se dé a la pregunta: ¿MontReims es en la Argentina incientivo de procedencia para vinos champagnes?" Ese es, indudablemente, el nudo de la cuestión y de la solución a que se llegue, depende el resultado del juicio.

Creo que, también, ha est.do en lo cierto el Sr. Juez al negar a "Mont-Reims" el carácter evoeativo de la procedencia de los vinos champagne.

Es Champagne una región del N.E. de Francia que abarea los departamentos de Aube, Alto Marne, Marue y Ardennes. Dentro de esa extensa región, son la Ribera del Marne, La Montaña o Montes de Reims, Ia Colina de Blanes o de Avize y la Colina de Epernay, las custro regiones cuya superficie total es aproximadamente de 12.000 hectáreas, en las que se cultivan los viñedos, con los que se elabora el vino que ha hecho famoso el nombre de esa provincia francesa 1s. 170/96). No es evidentemente ninguno de los nombres de esas regiones el que ha de evocar en nuestro medio con su sola mención la procedeneia de esos vinos. La verdad es que ni Epernay, ni Avize, ni Marne, son evocativos para la enorme mayoría del lugar de procedencia de esos productos y tampoco lo son Reims ni Montes de Reims, aun cuando se pretenda, como lo hacen las actoras, destacar la importancia de esta última región sobre aquellas otras, pues como lo señala la Cámara de Comercio Francesa en nuestro país, en su informe de fs. 154, 0 se puede decir que los vinos provenientes de esta región —Montes de Reims— sean superiores a los vinos provenientes de las otras dos regiones, ya que la mezcla armoniosa de los vinos de estas tres zonas es terminantemente necesaria para la elaboración del vino de Champagne".

De todos esos nombres, el único realmente evocativo del lugar de procedencia y del tipo especial de vino es el de la expresada provincia de Francia, Champagne. Los otros, entre los que se encuentra el aquí en discusión, no pueden evocar esa procedencia sino entre un reducido grupo de personas, las que precisamente, por su carácter de conocedoras, no están expuestas a ser inducidas en error por la marea impugnada. Luego, la solución arbitrada en la sentencia es la exacta.

Creo aquí necesario considerar la referencia que hace la parte actora en su expresión de agravios a los antecedentes de jurisprudencia que menciona.

La doctrina en esos fallos admite el registro como marca de un nombre geográfico, siempre que no indique el lugar de procedencia de los artículos que debe distinguir. Como según se ha visto, "Mont-Reims" no tiene ese carácter evoeativo, la sentencia apelada se ajusta a la norma sentada en los fallos invocados. Otra premisa sentada en esos fallos es la de que no puede registrarse como marea una palabra que esté de tal modo identificada eon un determinado producto, que para la mayoría del público se conozea a tal producto por esa palabra. Y así, en los fallos que se transcriben en la expresión de agravios, se citaba como ejemplo las siguientes: "Oporto" y "Jerez" para vinos; "Bruselas" para encajes; "Murano" para eristales; "Panamá" para sombreros de paja. Conforme a este principio no podría registrarse como marea para vinos la palabra Champagne", conforme a lo que antes expresé, porque esa palabra sí evoca la procedencia francesa de origen de un tipo especial de vinos y, más aún, con ese nombre se denomina ese tipo de vinos. Nadie podría, entonces, pretender para sí el monopolio de esa palabra para cubrir con ella los vinos de su producción.

La sentencia, pues, no se ha apartado de esas interpretaciones jurisprudenciales sino que, por el contrario, se ha ceñido estrictamente a ellas.

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Año: 1960, CSJN Fallos: 248:390 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-248/pagina-390

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