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Año: 1961, Fallos: 249:86 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Sentencia - definitiva.

Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva, Varias, Las resoluciones que deereían negligencias en la producción de la prueba no revisten el carácter de sentencias definitivas, en los términos del art. 14 de la ley 48 (1),
HECTOR MOSQUERA v. ELSA SCHORNIK
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

werpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y reenrsos.

La determinación de las enestione comprendidas en la litis y en el reeurso de apelación para ante el tribunal de nizada, son puntos propios de los jueces de la causa y ajenos a la jurisdicción extraordinaria de Ia Corte, salvo el supuesto de arbitroricdad (5),
ROBERTO JORGE RODRIGUEZ

RECURSO DE AMPARO:
Es improcedente el recurso de amparo contra la decisión del administrador de la Aduana de la Capital que, en ejercicio de las facultades conteridas por el art 39 del decreto 15,190/50, dispuso el secuestro de un automotor introducido a plaza, en forma temporal, después de haber vencido el plazo coneedido para que =liern del país, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas estrañas e" juicio. Disposiciones constitucionales, Art. 18, El agravio basmdo en haberse reconocido como parte a la Administración de 1: Aduana en el trámite del nmparo es improcedente, toda vez que la artienlación hállase referida a enestionos ajenas por sm naturaleza a la instancia extraordinaria, sin «condor relación inmedinia y directa con la garantía constitucional invocada,
DICTAMEN DEL Procrranor GENERAR
Suprema Corte: :

y El recurrente dedujo ante el Juzgado en lo Criminal y Correecional Federal n° 1 la demanda de amparo que encabeza estas actuaciones, a raíz de la incantación de un automóvil de ON Pallbas. ear: me. E
2) 15 ale febrero,

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Año: 1961, CSJN Fallos: 249:86 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-249/pagina-86

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