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Año: 1961, Fallos: 250:131 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARIO FLORES v. MATILDE CORREA vr FLORES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de sormas y actos comunes, La sentencia de descatima una acción de desconocimiento de paternidad in.

mo all vendo Urano dun dl Cam ee eive cuestiones de hecho, derecho procesal y comín. cuya interpretación el canelo Jueces de 1 causa y ajena a la instancia estrapegrioraa el caso, el pronunciamiento apelado vineula la caducidad que admite con la preseripción y con lo dispuesto por el art. 3902 del Código Civil —no impugnado de inconstitucionalidad— según el cual aquélla puede oponerse en enalquier estado del juicio. En tal situación no existe agravio constitucional fundado en la carencia de potestad judicial Y, en consecuencia, no puede sostenerse que el tribunal de alzada haya extralimiado sus funciones (1).


JOSE GUILLERMO ARAOZ Y OTROs y, AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no Jederales, Interpretación de normas locales de procedimientos, Casos ' varios, Las cuestiones concernientes a las nulidades de procedimiento y al trámite que corresponde imprimir a la causa son ajenas, en principio, a la apelación del art. 14 de la ley 48, RECURSO EXTRA RDINARIO: Requisitos formales, Introducción de la cuestión federal, Oportunidad, Resolución sobre la oportunidad del plantea miento.

La decisión que deelaró extemporánea la cuestión federal, atinente a la inconstitucionalidad del art, 41 de la ley 2597 de la Provineia de Tucumán, es irrevisible por la Corte, no mediando impugnación Por arbitrariedad.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de julio de 1961. :

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Aráoz, José Guillermo Y otros c/ Automóvil Club Argentino", para decidir sobre su procedencia.

Y considerando: , NE i Que con arreglo a reiterada jurisprudencia de esta Corte, ES son cuestiones ajenas, en Principio, a la apelación del art. 14 de la ley 48, las concernientes a las nulidades de procedimento —Fa- :

1) 7 de julio, Ca : Paoloni A. a Imacenes | Valle "Graava E e . ordinario il fecha 5 de junto de "00A en pág. "- | 1

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Año: 1961, CSJN Fallos: 250:131 
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