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Año: 1962, Fallos: 252:18 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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18. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ——_" tasía —inadmisibles- legalmente para demostrar la falta de novedad u originalidad del producto industrial en cuestión— sólo resta considerar el valor de la única prúeba idónea producida por la.

demandada, es decir, la fotografía de una pulsera que con otras .

alhajas metálicas figura en la décima página de la revista-catálogo alemana "Atlanta Post", acompañada en los autos. Y a-'tal respecto forzoso es concluir, a mi juicio, que no cumple su objetivo si se observa que dicha fotografía no va acompañada de explica- —_— ción alguna que demuestre, así sea imperfectamente, la similitud . de la estructura interna de la alhaja en cuestión con el procedimiento o sistema motivo de la patente n? 104.396 acordada al señor Tringolo. - " Y como consecuencia de tal conclusión, al no haberse probado fehacientemente la falta de .novedad del producto industrial de que se trata, pienso que, en definitiva, correspondería revocar el pronunciamiento recurrido en cuanto ha podido'ser materia de apelación extraordinaria. — Buenos Aires, 14 de setiembre de 1961. — Ramón, Lascano... ,

TALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Do - Buenos Aires, 7 de febrero de 1962.

Vistos los autos: "Tringolo, Roque D. e/ Casa Rosenthal 's/ cese de patente". :

Y considerando: , , 5 19) Que la sentencia recurrida de fs. 162 concluye que lo que la ley protege, al acordar la patente, es la originalidad, la creación de nuevos productos industriales, nuevos medios y nueva .

aplicación de medios conocidos, para la obtención de un resultado o de un producto industrial, La ausencia de tal originalidad surge, en el caso, de declaraciones de testigos, del oficio de fs. 114 y de la "Atlanta Post", revista agregada por cuerda. Añade la o sentencia que en la mencionada revista "hay una figura de pulsera, que reviste características similares a las contenidas en la patente". 2?) Que el recurso extraordinario deducido a fs. 165, a cuyos términos corresponde limitar la sentencia a dictarse —Fallos: 249:159 — cuestiona la inteligencia del art. 4 de la ley 111. Afirma que, con arreglo a su correcta interpretación, la riulidad de :

una patente sólo puede decretarse sobre la base de prueba im- presa, obras, folletos o periódicos publicados con anterioridad al , . r

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Año: 1962, CSJN Fallos: 252:18 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-252/pagina-18

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