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Año: 1964, Fallos: 259:365 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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LEOPOLDO ALVAREZ ZUDATRE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Ie arisitos comes. Gravamen La condición de prófuzo, violatoria de los requerimientos de la ¡nstieia y atri buíble a voluntad del impritado, oleta 2 la sdmisión del reenirso extraordinario con Mudamento en la doctrina de la erbitrariedad y en la violación de la detesta en juicio 1).


HECTOR FLORENTINO TRUNZO SPINELLI
RECURSO ENTRAORDINARIO: Requisitos propivs, Tilación directa. Semi cias ea Trudumentos un federales a Tb rates eomentidos, Fundamentos de vrden

PITA
Lo referente a si corre-potide 0-10 computar un indulto a los efectos de aplior da medida de segtiridad que antoriza el art. 52 del Códizo Penal cenando se hat Henado los estremos que éste prevé, es materia esrente de relación directa e mmediota con la corantía constitucional de ta dotensa en Mnieio 13).

FRANCISCO HATMOVICIH
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Compoter de pri. Delitos en particular.

Cheque sin fondos.

Si. tando ya en vizeneia el deerota-oy 1033 a: la insticia de instrueción declaró tu incompetencia por constituir el hecho tina infracción al art. 302 4el Códizo Penal, =n conocimiento compete a la jutivia en lo penal económico y mala correecional, por no tratarse de da excepción previ-ta en el art. 3 agurtado final, del citado decreta-tey.

DicrameN DEL Procvravor GENERAL SUBSTITUTO Suprema Corte:

Tal como lo puse de manifiesto al dictaminar, con fecha 25 de octubre de 1963, ¿n re: "Hellman Alfredo Saúl s/ infracción al art. 202 del C. Penal", el principio aceptado en punto a las leyes modifieatorias de la competencia es el de su inmediata aplicabilidad (Fallos: 249:343 ). Sólo excepcionalmente, y por motivos 1 9 ode setiembres Failoez 200 25t: 2675 5545 215: q0T y ANTI Me: 185:604

ENTER E
2) de setiembre, Fallos: 146:5147 202:249 204:457 .

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Año: 1964, CSJN Fallos: 259:365 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-259/pagina-365

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