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Año: 1965, Fallos: 262:102 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JULIO CESAR LOZANO y Otros v. S.A. LA MONUMENTAL
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comines, Las cuestiones suscitadas entre los empleadores y sus empleados, referentes a derechos originados en relaciones Inhorales y ventiladas ante los tribunales del fuero, no justifican el recurso extraordinario, sun cenando se invoquen preeepios de los respectivos estatutos profesionales, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones uo federales.

Interpretación de normas y actos comunes. .

La sentencia que, sin arbitrariedad, declara la compatibilidad entre normas que no revisten carácter federal, como son las que rigen el contrato de trabajo —en el caso, arts. 69 del deereto 21.304/48 y 27 de la ley 12.988—, es irrevisible por vía del recurso extraordinario.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

No es violatoria del derecho de propiedad y corresponde confirmar la sentencia que haee lugar a una demanda por cobro del adicional que establere el art. 11 del decreto 3686/58 en razón de lo riesgoso y susceptililp de quebranto de las funciones de los portavalores de una sociedad de ahorro y eapitalización.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones uo federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La sentencia suficientemente fundada, cualquiera sea su acierto o error, no es susceptible de la tacha de arbitrariedad.


CONTRATO DE TRABAJO.
La regulación gubernamental del contrato de trabajo se funda en principios de justicia, de la que el Estado no debe desentenderse porque afecta la tranquilidad y la paz públicas.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias. Derecho de propiedad.

La reglamentación legal del contrato de trabajo requiere, como condición de su validez constitucional, que las exrgas impuestas al empleador no graven su patrimonio de manera expolizdora o exorbitante, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Lo atinente a la interpretación de la%ey 14.250 y su decreto reglamentario no constituye cuestión federal que sustente el recurso extraordinario.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.

Los azravios expresados en el escrito en que se dedujo el recurso extraordinario limitan el pronunciamiento de-la Corte.

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Año: 1965, CSJN Fallos: 262:102 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-262/pagina-102

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