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Año: 1966, Fallos: 264:31 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FÁLLOS DE LA CORTE SUPREMA >.

AÑO 1966 — MARZO |

LUIS ALFREDO LOZA Y OTRO :
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia nacional. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares. Embajadores y Ministros extranjeros.

Las causas concernientes al personal de servicio de las embajadas extranjeras son ajenas a la jurisdicción extraordinaria de la Corte Suprema (1).

ELVIRA BRACUTO v. JACOBO RACHCOVSKY Y OTROs RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.

Tratándose, en el caso, de la recusación sin causa de un juez nacional, la pretensión de que el art. 66 de la ley 16.739 afecta los derechos de las provincias para reglamentar el procedimiento, no sustenta la apelación extraordinaria, por falta de interés legítimo del recurrente (2). S CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Ley y anterior y jueces naturales.

La recusación sín causa no es requisito constitucional.

JOSE STEIMBERG :
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones wo federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

El alcance atribuido al art. 13 del decreto-ley 2021/63 no es revisable por la Corte Suprema en instancia extraordinaria, pues no se trata de una norma de carácter federal (3). E 1) 2 de marzo. Fallos: 238:428 ; 241 :-43; 242:20 ; 243:145 .

2) 2 de marzo. Fallos: 235:347 ; 237:337 ; 255:207 , 211.

3) 2 de marzo.

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Año: 1966, CSJN Fallos: 264:31 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-264/pagina-31

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