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Año: 1966, Fallos: 265:330 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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CLAUDIO RAUL ROMANT y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos. propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitira. Varias.

Las decisiones referentes a prisión preventiva y excarcelación no constituyen, por vía de principio, sentencia definitiva a los fines del recurso extraordinario, sin que obte a ello la invocación de la garantía de la defensa en juicio ni el alezado error en la interpretación de los textos legales.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones - »teriores a la sentencia definitiva. Varias, Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la resolución que denieza el pedido de libertad del procesado, detenido durante un lapso mayor que el fijado en el art. 699 del Código de Procedimientos en lo Criminal, con prisión preventiva tirme y excarcelación denegada. Tal doctrina ha sido confirmada por el art. 23, ine. 7, del «deereto-ley 2021/63 —ley 16475—.

DicraMEN DEL ProcunraDor GENERAL Suprema Corte:

El presente caso guarda analogía con el registrado en Fallos:

245:546 , donde V. E. declaró improcedente el recurso extraordinario interpuesto contra la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que denegó un pedido de excarcelación fundado en el transcurso del plazo que fija el art. 699 del Código de Procedimientos en lo Criminal.

El fallo citado concuerda con la reiterada jurisprudencia de la Corte en el sentido de que las decisiones referentes a prisión preventiva y excarcelación no constituyen, por vía de principio, sentencia definitiva a los fines del recurso extraordinario, sin que obste a ello la invocación de la garantía de la defensa en juicio ni el alegado error en la interpretación de los textos legales (Fallos:

234:450 ; 236:314 : 258:3967 246:120 ; 254:288 ; 255:259 y otros).

Corresponde, por tanto, en mi opinión, declarar improcedente el recurso extraordinario concedido a fs. 31. Buenos Aires, 8 de setiembre de 1966, Eduardo I. Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de setiembre de 1966.

Vistos los autos: "Excarcelación presentada por los Dres.

Helio S. Olmos y Héctor A, Gilly a favor de los procesados Claudio Raúl Romani y Jorge Andrawos".

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Año: 1966, CSJN Fallos: 265:330 
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