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Año: 1975, Fallos: 293:375 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.

Es tardia la cuestión federal planteada al interponer el recurso extraordinario cuando —pese al resultado adverso en primera instancia mo se formuló reserva del caso federal, ni cuestión alguna de esa naturaleza al expresar agravios (1).


ROBERTO MELLO y Orna v. RICARDO ADOLFO MAXIMO
SCHLUSSELBLUM POLI
RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Lo relativo a la interpretación de los contratos practicada por los tribunales de la causa, así como la distribución de la carga de la prueba son como principio, temas ajenos al recurso extraordinario (°).


MARIA O. L VILA 0£ SCATAINI v. PEDRO SANTOS SCATAINI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Lo atinente a la interpretación del convenio celebrado por los cónyuges y a la validez de aquél, son cuestiones de hecho, prueba y de derecho común, irrevisables por la vía del recurso extraordinario (°).


JULIA MARIA RODRIGUEZ ve BENFIELD

JUBILACION Y PENSION.
El decroto-ley 18037/68 otorga a los menores beneficiarios de un derecho a pensión, si al momento de cumplir 18 años se encontraren cursando estudios secundarios o superiores y no deseunpeñaren actividades remuneradas, la pró1) Fallos: 258:02 , 247; 282:121 , 228.

2) 4 de noviembre. Fallos: 245:205 ; 251:07 ; 253:66 ; 256:147 ; 250:87 ; 280:

Al; 262:302 ; 287:54 .

) 4 de noviembre. Fallos: 286:210 ; 267:114 ; 268:38 .

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Año: 1975, CSJN Fallos: 293:375 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-293/pagina-375

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