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Año: 1977, Fallos: 298:123 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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5.A. SARGO v. GAS DE ESTADO RECURSO EXTRAORDINANIO: Requisitos propios. Cuestimes no jedemles. Interpretación de normes y actos comunes.

Es ajeno al recurso extraordinario lo relitivo a la preseripción de la acción de constitución de un tribunal arbitral, ya que se trata de una cuestión de hecho y de derecho común.

TRIBUNAL ARBITRAL.
Corresponde confirmar la sentencia que hizo Jugar a la constitución del tir bunal arbitral solicitada por la actora, ya que el decreto 2785/00 que transfirió a Gas del Estado los derechos y obligaciones de Y.PF. que surgian del contrato celebrado entre este organismo y la actora —aprobudo por ley— me hizo'ninguna salvedad respecto de la climula que prevé la formación del tribunal arbitral para cubrir todos las diferencias que se suscitaran aCUICA de los derechos y obligaciones provenientes del contrato, así sean posteriores a la ejecución de las obras.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Habilitada la instancia extraordinaria por V. E. a fs. 200 del presente, me corresponde dictaminar sobre el fondo del asunto, esto es, el sentido que debe asignarse al decreto 2785/00 en cuanto tramfiere a favor de Cas del Estado los derechos y obligaciones constituidos en cabeza de YPF. en virtud del contrato agregado a fs. 4/54, y al art. 38 de éste en lo que hace a la inclusión o no de las cuestiones puntualizados a fs. 52 y ss. dentro de las controversias cuya solución reserva dicha norma al arbitraje.

0 e Cabe destacar, respecto del primer aspecto sobre el que debo expedirme, que la transmisión de los derechos y obligaciones emergentos del contrato fue dispuesta por el mencionado decreto 2785/00 sin distingos de ninguna especie.

No encuentro, por ello, motivo para establecer una excepción, como pretende la demandada, respecto de aquéllos que hallan su fuente en Mart. 38. Más aún, advierto que, tratándose de una norma de naturaleza contractual y aprobada por ley, no parece congruente admitir su derogación por un acto unilateral del P.E.

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Año: 1977, CSJN Fallos: 298:123 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-298/pagina-123

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